A partir de la reforma de la Ley del Divorcio de 1981, para divorciarse en España no es necesario alegar motivo alguno en la demanda. Antiguamente, quien deseaba divorciarse tenía que alegar una causa que lo justificara, como el cese de la convivencia durante al menos un año, alcoholismo o infidelidad.
Estadísticamente, las motivos más comunes por los que la gente decide divorciarse son el adulterio o las infidelidades reiterativas, violencia de género, falta de afectividad sexual, orientación sexual distinta a la manifestada en el momento de casarse, alcoholismo, inestabilidad emocional, apatía, motivos económicos, falta de criterio en los roles del matrimonio o ausencia de respeto mutuo.