El divorcio en España se rige por la Ley 15/2005, de 8 de julio, que modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento civil en materia de separación y divorcio.
Esta nueva normativa supuso una modificación en cuanto a los plazos para divorciarse, que quedaron acortados, ya que hoy no es necesario permanecer un tiempo separados antes de solicitarlo, tal y como sucedía antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
Actualmente, los cónyuges pueden tener una sentencia de divorcio a los pocos meses de haber presentado la demanda de divorcio, especialmente en aquellos casos en los que el divorcio se presenta de común acuerdo y no de forma contenciosa.
La demanda de divorcio la puede presentar uno o los dos cónyuges, con o sin acuerdo previo, y sin necesidad de que exista una causa que lo justifique. La única condición es que hayan pasado al menos tres meses desde que se contrajo matrimonio.