Separación de bienes

En el régimen de separación de bienes a cada cónyuge le pertenecen los bienes que tuviera antes de la celebración del matrimonio, sí como los adquiridos en el transcurso del mismo. Esto permite a cada uno de los miembros de la pareja actuar con total independencia, administrando estos bienes como desee y disponiendo de ellos con total libertad. Es decir, no necesita el consentimiento del otro cónyuge para venderlos, alquilarlos o regalarlos.

Este régimen conlleva una única obligación: tener que contribuir a los gastos comunes que se generen en el matrimonio, pero siempre, salvo que se pacte otra cosa, en proporción a los recursos económicos de cada cónyuge.

Este sistema se aplica cuando lo hayan pactado los cónyuges de forma expresa, o bien cuando en las capitulaciones matrimoniales la pareja señala que no desean el régimen de gananciales y no optan por el de participación de las ganancias. Asimismo, también estará en vigor cuando el matrimonio se extinga.

En algunas Comunidades Autónomas, como Cataluña, Aragón, Navarra, Islas Baleares y determinados lugares del País Vasco, es el régimen que prevalece. En las demás, para concertar este régimen se debe acudir a un notario antes de casarse.

El Código Civil entiende que serán propios de cada uno de los cónyuges los salarios, los sueldos y las ganancias por servicios personales, por el desempeño de un trabajo o en el ejercicio de una profesión, comercio o industria.

En este régimen, el trabajo realizado para el hogar familiar es considerado como contribución a las cargas del matrimonio, lo que puede llegar a ser reconocido a través de una pensión compensatoria en caso de divorcio o separación.

Asimismo, si uno de los cónyuges realiza la gestión de los bienes del otro, se le pueden exigir responsabilidades, aunque las obligaciones contraídas por cada miembro de la pareja son de su exclusiva responsabilidad. Por último, hay que tener en cuenta que, si no es posible determinar a quién pertenece un bien, se entiende que es de ambos al 50%.

Este sistema simplifica mucho los divorcios y las separaciones, porque permite a cada miembro de la pareja conservar sus propiedades. Además, no se pone en riesgo el patrimonio familiar en caso de quiebra o deudas contraídas por uno de los miembros de la pareja.

También ofrece mayor independencia a los cónyuges, aunque si no se toman las correspondientes precauciones, puede que uno de los miembros de la pareja salga perjudicado en caso de separación o divorcio.